DEUTERONOMIO-DISCURSO 7-Matrimonio y Relaciones Vecinales - LEY DE FILIACIÓN Y LEVIRATO, Dr. S. E. Jones


Moisés dice en Deuteronomio 25:4,

4 No pondrás bozal al buey que trilla.

Debido a que ya hemos cubierto este versículo anteriormente en relación con Deut. 24:15, no vamos a hacer más comentarios sobre esta ley.

La siguiente ley Deuteronomio 25:5 es una de las bases sobre las que el Nuevo Testamento basa su idea de los hijos de Dios.

5 Si varios hermanos habitan juntos [en comunión en la finca de la familia] y uno de ellos muere y no tiene hijo, la mujer del muerto no se casará fuera de la familia con un hombre extraño. El hermano de su marido se llegará a ella y la tomará para sí mismo como mujer, y hará el deber de hermano siendo un marido para ella (levirato). 6 Y será que el primogénito que ella le dé asumirá el nombre de su hermano muerto, para que su nombre no sea borrado de Israel.

Bajo el Antiguo Pacto, mientras que Israel vivía en Canaán, la Tierra había sido dividida entre las tribus y familias. Cada familia vivía en una comunidad en su propia propiedad, que se le había dado como herencia en la Tierra. La citada ley postula que un hombre podría morir sin hijos, y que, como resultado, su herencia iría a su hermano, en lugar de a su heredero.

Este era un asunto serio en esos días, porque sus raíces estaban en la tierra, y se consideraba que era una vergüenza, e incluso un divino juicio, cuando un hombre no tenía herederos para continuar en la finca de la familia. Por supuesto, teniendo en cuenta que si un hombre tenía una hija, se le permitía recibir la herencia, y cuando se casara, su marido bebía dejar su propio estado y vivir con ella (Num. 27:7). La única restricción es que no debía casarse con un hombre de otra tribu, a fin de mantener los límites de cada tribu intactos (Num. 36: 6).

Pero si un hombre no tenía hijos ni hijas cuando muriese, la ley mandaba a su hermano que engendrara al menos un heredero en representación de su hermano muerto. El niño sería entonces el hijo biológico del hermano vivo, pero el hijo legal del hermano muerto.


La historia de Rut

La Ley en Deut. 25:5-10 fija el fondo para el libro de Rut. Durante una hambruna, Elimelec y Noemí vendieron sus tierras cerca de Belén hasta el año del jubileo, cuando se les devolverían de acuerdo a la Ley. Se llevaron a sus dos hijos, Mahlón y Quelión y se trasladaron a la tierra de Moab.

Mientras que en Moab, Elimelec murió, y pronto sus dos hijos murieron también sin dejar hijos para recibir la herencia en el año del Jubileo. Mahlón se había casado con Rut en la tierra de Moab, y así, cuando Noemí volvió a Belén, Rut optó por dejar a su familia moabita e ir con ella a Belén.

Allí se enamoró de Boaz, que era un pariente cercano a Mahlón. En su deseo de casarse, descubrieron que era la viuda de Mahlón, el heredero sin hijos de la propiedad original que había sido vendida unos años antes. La Ley requería que el pariente más cercano (“hermano”) se casara con ella y engendrara un niño que pudiera recibir la herencia. El problema era que Boaz era sólo el segundo en la línea para cumplir con esta responsabilidad. Otro pariente más cercano tenía el primer derecho de casarse con ella.

Entonces Boaz habló a este pariente no identificado que era el primero en la línea, preguntándole si deseaba casarse con Rut. Se negó, y así Booz tomó a Rut que dio a luz un hijo en el nombre del difunto Mahlón. Rut 4:16 y 17 dice,

16 Entonces Noemí tomó al niño y lo puso en su regazo, y fue su aya. 17 Y las mujeres vecinas le dieron nombre, diciendo: “¡Un hijo ha nacido a Noemí!” Así que lo llamaron Obed. Él es el padre de Isaí, padre de David.

El niño nació a Rut y Boaz, pero sin embargo se dijo un hijo ha nacido a Noemí. Siendo la esposa de Elimelec, a quien la finca pertenecía, Noemí era la heredera legal de la herencia, siempre y cuando no había hijos que heredasen la tierra. Pero cuando nació el niño (Obed), se convirtió en el heredero de Noemí; por lo tanto, se dice que es su “hijo”, no biológicamente, sino legalmente.

Un hijo no es siempre un hijo biológico. El término hebreo se usa a menudo en un sentido más amplio. En este caso, Obed fue el hijo o heredero legal de Noemí. Este es uno de los muchos ejemplos en la Escritura donde, cuando es necesario, la Ley prima sobre la biología o la genealogía.


El Derecho a Rechazar

Volviendo a Deuteronomio 25, Moisés continúa diciéndonos cómo manejar los casos en los que un hombre podría negarse a tomar a la esposa de su hermano muerto y engendrar un heredero a través de ella. Vemos que a pesar de que era su deber hacer esto, tenía el derecho de rechazar.

7 Pero si el hombre no quiere tomar a la mujer de su hermano, entonces, la mujer de su hermano, subirá a la puerta, a los ancianos, y dirá: “Mi cuñado se niega a establecer un nombre para su hermano en Israel; él no está dispuesto a cumplir el deber del hermano de ser un marido para mí”.

Esto es lo que Boaz hizo con el que estaba primero en la fila para cumplir con este deber hacia Rut. Fueron a los ancianos que estaban sentados en la puerta para juzgar las disputas en un tribunal público. Entonces el hombre hizo una declaración oficial para el registro de que él no quiso tomar a Rut, por lo que se establecía por Ley que esta obligación pasaba a Boaz, que era el siguiente en la línea.

Moisés continúa,

8 Entonces los ancianos de aquella ciudad lo harán convocar y hablar con él. Y si él persiste y dice: “No deseo tomarla”, 9 entonces su cuñada vendrá a él en la presencia de los ancianos, y quitará la sandalia de su pie y le escupirá en la cara; y ella declarará: “Así se hace al hombre que no quiere edificar la casa de su hermano”. 10 Y en Israel, su nombre será llamado, “La casa del descalzo”.

La importancia de esta sentencia no es evidente para la mayoría de nosotros hoy en día, porque que ya no vivimos en esa cultura. Pero escupir a uno en la cara era un insulto, y que se le conociera como “la casa del descalzo”, también ponía vituperio contra aquella casa y familia.


Aplicación al Nuevo Pacto

El significado de estas cosas es más aparente cuando aplicamos esta ley bajo el Nuevo Pacto. Jesús no estaba casado, ni tampoco engendró ningún hijo físico. Por lo tanto, cuando murió en la Cruz, Él murió sin hijos. Al ser el heredero de todas las cosas, Su deseo era tener hijos que pudieran heredar la Tierra con Él.

Su primer intento de tener hijos llegó con Adán, a quien Lucas llama hijo de Dios (3:38). Pero Adán pecó, y su pecado fue imputado a sus herederos, haciéndolos a todos responsables de la deuda contraída por su pecado. Por lo tanto, todos se convirtieron en mortales, compartiendo su pena de muerte (Romanos 5:12). En estas circunstancias, las Leyes de la Herencia no cesaron, pero se estableció una nueva realidad. Las Leyes de la Herencia tuvieron que adaptarse al hecho de la mortalidad.

Bajo este paradigma, el Antiguo Pacto estableció el patrón para gobernar la herencia en la tierra de Canaán. Esta herencia era real, pero no era la expresión completa de lo que Dios tenía en mente. De hecho, Israel bajo el Antiguo Pacto era el primero en la fila para tener la oportunidad de engendrar hijos para Cristo. Sin embargo, se negaron, por lo que esta responsabilidad pasó a los segundos en la línea, los del Nuevo Pacto. Por lo tanto, la historia de Boaz y pariente renuente fue profética de los dos pactos y sus adherentes.


La herencia en el Nuevo Pacto

Desde los tiempos de Adán, la herencia se transmite a un solo hombre en cada generación. Si bien cada heredero tenía una familia y clan que podría heredar con él, siempre y cuando estuvieran en comunión con él, realmente solo eran beneficiarios de la herencia de una única persona. Sólo había uno al que pertenecía la herencia en cada generación.

La herencia se subdividió en el momento de Jacob, porque él dio el sacerdocio a Leví, el cetro a Judá, y el Derecho de Nacimiento-Primogenitura (Mandato de Fecundidad) a José. En el curso de la historia, estas tres partes convergerían en Cristo, cuando Él reuniese cada parte de nuevo bajo Su liderazgo. En Su Primera Venida, reunió el sacerdocio y el cetro. En Su Segunda Venida, Él reunirá el Derecho de Nacimiento de José con lo que Él ya ha recuperado.

El punto es que Jesucristo es el heredero. Sólo hay un heredero. Todos los demás, si desean disfrutar de los beneficios de Su herencia, deben estar en comunión con Él. Sabemos esto por una relación de Pacto. Bajo el Antiguo Pacto, Israel accedió a permanecer en pacto con Él, pero la mayoría de ellos rompieron su promesa y sirvieron a otros dioses. Cuando vino en persona, la mayoría de los judíos lo rechazaron, así, rompieron el Pacto y lo hicieron “obsoleto” (Heb. 8:13, NASB). Los que sí le aceptaron a Él, sin embargo, fueron objeto de un Nuevo Pacto. Siendo los segundos en la línea, se les dio potestad de ser hechos hijos de Dios, como Juan 1:12 y 13 dice,

12 Pero a todos los que le recibieron, les dio potestad (exousia, “autoridad legal”) para ser hijos de Dios, a los que creen en su nombre, 13 que no son engendrados de sangre (línea sanguínea), ni de la voluntad de carne, ni de voluntad de varón, sino de Dios.



La filiación como un concepto jurídico

No se puede reclamar la Filiación sobre la base de la genealogía a través de Israel, porque la comunión de ese Antiguo Pacto estaba rota. Sólo puede venir a través del Nuevo Pacto, cuyo mediador es Jesucristo (1 Timoteo 2:5). Este Nuevo Pacto fue presagiado por el Pacto de Abraham, en el que vemos el gran patrón de la familia de la fe. La casa de Abraham incluía 318 hombres en edad militar (Génesis 14:14), ninguno de los cuales eran hijos físicos de Abraham; sin embargo, ellos estaban en comunión con él y pudieron disfrutar de los beneficios de su llamado. El apóstol Pablo usa la expresión familia de la fe de Abraham al hablar de la Iglesia en el primer siglo, diciendo en Gal. 6:10,

10 Así que, según tengamos oportunidad, hagamos bien a todos los hombres, y especialmente a los que son de la familia de la fe.

Se define y explica esto más adelante en Gal.3: 8,9,

8 Y la Escritura, previendo que Dios justificaría a los gentiles [ethnos, “naciones”] por la fe, anunció de antemano las buenas nuevas a Abraham, diciendo: “Todas las naciones serán benditas en ti”. 9 Así que, los que son de fe son bendecidos con Abraham, el creyente.

Bajo el Nuevo Pacto, este patrón de Abraham entra en el foco más claro, porque Jesucristo se ha convertido en el heredero final. Por lo tanto, todos aquellos en comunión con Él pueden ser bendecidos, independientemente de la genealogía, por esa era la intención divina de la promesa a Abraham. Hay que ser un hijo de Jesucristo con el fin de estar en comunión con Él. Pero debido a que Jesús no tuvo hijos físicos, debemos interpretar “hijo” en el sentido legal, más que biológico.

Aquí es donde Deuteronomio 25 se vuelve muy importante, porque Jesús murió sin hijos, y nosotros somos llamados a engendrar hijos en Su nombre. Legalmente hablando, somos Sus hermanos, porque leemos en Hebreos 2,

11 Porque el que santifica y los que son santificados, son todos de un Padre; por lo cual no se avergüenza de llamarlos hermanos, 12 diciendo: “Anunciaré tu nombre a mis hermanos, en medio de la congregación te alabaré”. 13 Y también: “Voy a poner mi confianza en él”, y también: “he aquí, yo y los hijos que Dios me ha dado”.

Como “hermanos,” estamos llamados a engendrar a los hijos de Dios con el fin de edificar la casa de Jesucristo y establecer un nombre para nuestro Hermano Mayor. “Cristo en ti” es tu hijo, biológicamente hablando, pero ese niño pertenece a Jesucristo en el sentido legal.

Si nos negamos a engendrar a Sus herederos, al igual que las personas bajo el Antiguo Pacto, entonces, sufriremos vergüenza y humillación. Nuestro caminar con Dios se verá afectado, debido a que nuestra sandalia espiritual será quitada. Nuestra cara, que fue creada para manifestar la presencia de Dios, será escupida (es decir, avergonzada y maldita).

Vemos la importancia de ser escupido en la cara en la historia de Miriam. Criticó a Moisés por casarse con la mujer cusita (es decir, Séfora, la hija de Jetro el madianita, debido a que Madián en esos días estaba en la tierra de Cus, ahora Arabia Saudita). Dios la juzgó por la lepra, pero luego la sanó tras la intercesión de Moisés. Parte del veredicto de Dios en relación con Miriam se encuentra en Números 12:14, si su padre hubiera escupido en su rostro, ¿no soportaría su vergüenza por siete días?”

Se necesitaban un total de siete días para limpiar leprosos. Del mismo modo, se necesitaban siete días para limpiar a alguien cuyo padre le había escupido en su rostro. Esto en una visión amplia habla proféticamente de los 7.000 años de mortalidad durante el tiempo de nuestra limpieza histórica por el pecado de Adán. Al final del año 7000, el Gran Trono Blanco termina con la mortalidad para todos, porque incluso la muerte misma es echada a continuación en el Lago de Fuego (Apocalipsis 20:14).


Por lo tanto, cuando la Ley prescribe escupir en la cara del hombre que se niega a engendrar hijos en nombre de Su hermano mayor, está estableciendo el juicio divino sobre los que se niegan a engendrar a “Cristo en vosotros” por la semilla del Evangelio.

http://www.gods-kingdom-ministries.net/teachings/books/deuteronomy-the-second-law-speech-7/chapter-10-law-of-sonship/

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